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12 de agosto de 2021El Administrador de Fincas es un profesional contratado por la Comunidad, que se rige por las normas del Colegio de Administradores, gestionando los elementos comunes de las comunidades de propietarios, aplicando la ley de Propiedad Horizontal, en el caso de Cataluña, Ley 5/2015, de 13 de mayo, de modificación del Libro Quinto del Código Civil de Cataluña.
Dentro de las funciones del Administrador se encuentra la de Secretario, salvo que la Comunidad de Propietarios considere que dicho cargo recaiga sobre un propietario.
Funciones del Administrador, Artículo 553-18 de la Ley de Propiedad Horizontal de Cataluña
Tal y como establece la Ley de Propiedad Horizontal de Catalunya, libro 5º del Código Civil de Catalunya, las funciones del Administrador son:
a. Tomar las medidas convenientes y hacer los actos necesarios para conservar los bienes y el funcionamiento correcto de los servicios de la comunidad.
b. Velar por que los propietarios cumplan las obligaciones y hacerles las advertencias pertinentes.
c. Preparar las cuentas anuales del ejercicio precedente y el presupuesto.
d. Ejecutar los acuerdos de la junta de propietarios y efectuar los cobros y pagos que correspondan.
e. Decidir la ejecución de las obras de conservación y reparación de carácter urgente, de todo lo cual debe dar cuenta inmediatamente a la presidencia.
f. Pagar, con autorización de la presidencia, los gastos de carácter urgente que pueden correr a cargo del fondo de reserva.
g. Las demás funciones que expresamente le sean delegadas por la junta de propietarios o atribuidas por la ley.
Funciones del Secretario, Artículo 553-17, de la Ley de Propiedad Horizontal de Cataluña
Tal y como establece la Ley de Propiedad Horizontal de Catalunya, libro 5º del Código Civil de Catalunya, las funciones del Secretario son:
El secretario extiende las actas de las reuniones, realiza las notificaciones, expide los certificados y custodia durante cinco años como mínimo, las convocatorias, las comunicaciones, los poderes, la documentación contable y los demás documentos relevantes de las reuniones y de la comunidad.
En referencia a los Libros de Actas, el Artículo 553-28 punto 2 establece:
El secretario debe de custodiar los libros de actas de la junta de propietarios, que deben conservarse durante treinta años mientras exista el régimen de propiedad horizontal o durante cinco años desde el momento en que se haya extinguido.

Servicios que ofrece un administrador de fincas colegiado
Dentro de los servicios que ofrece un administrador de fincas colegiado se encuentran los siguientes:
- Asesoramiento inmobiliario: gestión patrimonial, pagos de impuestos, compraventa de pisos, locales, edificios, plazas de garaje.
- Jurídicos: asesoramiento jurídico, reclamación de recibos y deudas, mediación, etcétera.
- Fiscales: asesoramiento y presentación de documentos relacionados con Hacienda (IVA, IRPF, etc..), Ayuntamiento (vados, IBI, etc.) y cualquier otro organismo público.
- Laborales: contratos, altas y bajas, Seguridad Social, riesgos laborales, etc.
- Técnicos: asesoramiento sobre las mejores opciones a la hora de realizar obras, servicios de mantenimientos contratados por la Comunidad, información puntual de las diferentes normativas que se deban de cumplir (ITE, Baja tensión, RIPCI, etc.)
- Económicos: reparto de los gastos en base a los Estatutos de la Comunidad, presentación de presupuesto anual para la aprobación de la cuota ordinaria, aportaciones al fondo reserva, repercusiones de obras ordinarias y extraordinarias, etc.



