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Plazo
El plazo para presentar solicitudes en esta convocatoria se abrió a las 09h00 del pasado martes 5 de octubre y finalizará una vez se haya agotado el presupuesto asignado a esta campaña, con fecha límite del 31 de diciembre de 2021.
¿Quién puede beneficiarse?
Se pueden beneficiar tanto todas aquellas personas que sean trabajadores autónomos y que se encuentren dentro del RETA (régimen especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos) como las empresas con establecimientos de comercio y servicios que desarrollen su actividad atendiendo al público en locales a pie de calle.
También se pueden acoger a esta subvención los puestos de mercados municipales, tanto de mercados sedentarios como de no sedentarios.
Quedan excluidas pero los gremios y entidades sectoriales así como las fundaciones o entidades territoriales sin ánimo de lucro.

Cuantía económica de las subvenciones
Las subvenciones pueden llegar a cubrir hasta los 50% de los gastos derivados de las acciones de apertura, mejora o reforma de los establecimientos que son objeto de esta campaña, hasta un máximo de 5.000 euros.




