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24 de marzo de 2021Algunos de nuestros clientes nos han preguntado acerca de la necesidad de contratar un seguro de hogar cuando ya existe un seguro contratado a nivel de comunidad de propietarios.
Antes de resolver ésta y otras dudas acerca de este tema, empecemos por definir los dos conceptos básicos de una póliza: el continente y el contenido.
El continente
A grandes rasgos, el continente se puede definir como los elementos de construcción y la estructura del edificio (cimientos, suelos, paredes, puertas y ventanas…) y sus instalaciones fijas como agua, gas, electricidad, calefacción y refrigeración. También se consideran como continente los elementos decorativos fijos como pueden ser la pintura, el parqué, los rodapiés, etc.
El contenido
Por otro lado, el contenido es el conjunto de bienes muebles que se encuentran en el interior de la vivienda asegurada, que no son elementos constructivos, siempre y cuando sean propiedad del asegurado o de su núcleo familiar. Estos bienes muebles pueden ser ropa, muebles, estanterías, equipos informáticos, etc.
Una forma más fácil de entenderlo sería: si pudiésemos dar la vuelta a nuestra casa, todo lo que quedase fijo en su sitio sería el continente y todo lo que cayera sería el contenido.
Entonces, ¿por qué es necesario contratar una póliza de hogar si la comunidad ya dispone de una?
Respondiendo pues al tema que nos ocupa, si bien es cierto que la comunidad de propietarios en su póliza tiene contratadas las garantías de continente, contenido y de Responsabilidad Civil, éstas no tienen la misma cobertura en la póliza comunitaria que en el ramo de hogar.
Todas estas garantías pueden parecer iguales en ambos ramos, por lo que pueden generarse ciertas dudas. Detallemos pues las diferencias en uno y otro caso.
- Contenido: en esta garantía se puede diferenciar mejor a qué ramo pertenece cada elemento, ya que en el caso de las comunidades únicamente se asegurará todo aquello perteneciente a la comunidad y que se encuentre en las zonas comunes del edificio. Sin embargo, en el ramo del hogar esta garantía cubrirá de forma particular todo aquello que pertenezca al tomador de la póliza privativa (todo lo que encontremos en el interior de la vivienda).
- Responsabilidad Civil: en el caso de esta cobertura, la diferencia está en quién es el causante del daño a terceros. La comunidad de propietarios se hará cargo de los daños producidos por el edificio a un tercero externo a la finca o a un copropietario, como pueden ser los daños que se producen en el piso inmediatamente inferior a la cubierta del edificio producidos por filtraciones. En el caso de un seguro de hogar estaríamos hablando del daño provocado por el tomador del seguro o algún miembro conviviente de su núcleo. Un ejemplo podrían ser los daños producidos en el piso de un vecino a causa de una tubería privativa del tomador.
- Continente: esta garantía la hemos dejado para el final ya que es la que más dudas genera y la que dará gran parte de la respuesta a la pregunta formulada. Y es que, como ya hemos dicho, el continente de la comunidad de propietarios hace referencia a todos los elementos estructurales de la finca (cimientos, estructura del edificio, suelos, paredes, techos, ventanas…) pero nos encontramos con que el continente del interior de una vivienda también pertenece al propio edificio.
…el continente de la comunidad de propietarios hace referencia a todos los elementos estructurales de la finca pero el continente del interior de una vivienda también pertenece al propio edificio.
Este hecho puede provocar una concurrencia entre los seguros porque se está asegurando el mismo riesgo en dos pólizas diferentes y, en caso de siniestro, las compañías deberán repartirse de forma proporcional los costes de reparación o compensación que deban afrontarse.
Conclusión
Así pues, es importante poder contar tanto con un seguro de comunidad como con uno de hogar y, de esta forma, evitar el riesgo de tener que afrontar de los elevados costes que puede suponer un siniestro.
Además, como hemos explicado anteriormente, se puede producir concurrencia de seguros al estar contratado el continente en diferentes pólizas. Es por eso, que para evitar desacuerdos entre compañías y que se perpetúe en el tiempo un siniestro, lo más aconsejable es que la compañía aseguradora de la comunidad y la del hogar coincidan y también que, a ser posible, sea el mismo agente el que se encargue del caso y así evitar esperas y conseguir que se agilicen todos los trámites.
…para evitar desacuerdos entre compañías y que se perpetúe en el tiempo un siniestro, lo más aconsejable es que la compañía aseguradora de la comunidad y ladel hogar coincidan…
Si lo desea, en Barea & Zango revisamos sin compromiso su póliza de hogar para evitar posibles duplicidades con el seguro comunitario y evitarle pagar de más por garantías que no necesita.



